Adopción

La adopción es el nacimiento de una filiación artificial por medio de un acto civil, en el cual se hace de un hijo biológicamente ajeno, un hijo propio. Es Una medida de protección al niño y al adolescente mediante la cual, bajo la tutela del Estado se establece de manera irrevocable la relación paterno – filial entre personas que no la tiene en razón de sangre.

El adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea.

Obtención de líneas y grados del parentesco

Los vínculos de parentesco consanguíneo se organizan en líneas de parentesco formadas por una serie consecutiva de grados.

Línea recta.
Es la serie de grados existente entre personas que descienden una de la otra. En las líneas rectas de parentesco cada generación cuenta como un grado. Por ejemplo, entre padre e hijo hay un grado de separación y entre un abuelo y un nieto hay dos grados.

Línea recta ascendente.
Une a alguien con aquellos de los que desciende de manera directa: padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos.

Línea recta descendente.
Liga al ancestro con los que descienden sucesivamente de él de manera directa: hijos, nietos, bisnietos, tataranietos.

Fuentes del parentesco

Definido el parentesco como las relaciones jurídicas familiares que se derivan de dos fenómenos biológicos la unión de los sexos mediante el matrimonio, y la procreación a partir de la filiación- y de un hecho civil encaminado a suplir al fenómeno biológico de la procreación, la adopción. Estos tres tipos de hechos son los únicos que originan a las relaciones de parentesco, de ahí que el matrimonio, filiación y adopción constituyan las tres grandes fuentes del parentesco.

Parentesco

El parentesco puede ser definido como la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza o ley; en particular, se puede señalar que el parentesco es el nexo jurídico que existe entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes de otro consorte, o entre el adoptante y el adoptado.
La relación que nace a partir del parentesco es permanente y abstracta, y genera derechos y obligaciones tanto entre los miembros de la relación como en lo que se refiere a terceros, que se conoce como estado civil o familiar, y se identifica como un atributo de la personalidad. 

Violencia Intrafamiliar

La Violencia intrafamiliar es el uso de fuerza física o comportamiento intimidante por un miembro adulto del hogar hacia otro que forma parte tambien del el nucleo familiar. Cualquier persona puede ser víctima de violencia doméstica independientemente de su herencia étnica, edad, preferencia sexual o nivel socioeconómico.

El autor de un hecho ilícito debe reparar los daños y perjuicios que con tal hecho cause a otra persona, a menos que demuestre que el daño o el perjuicio se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima. Esta responsabilidad puede ser a cargo de una persona que no sea la autora del hecho ilícito, en los casos en que así lo disponga la ley.

La Violencia intrafamiliar es considerada como causal de divorcio por la mayoria de las legislaciones civiles.

Divorcio

La palabra divorcio proviene del latin divortĭum, en un sentido estricto es la disolución del vinculo matrimonial, mientras que en un sentido amplio, se refiere al proceso juridico que tiene como objetivo dar término a una unión conyugal.

Existen dos tipos de divorcio el necesario y el voluntario.
Es divorcio necesario cuando la disolución del vínculo es solicitada solo por uno de los cónyuges, en base a una causa específicamente señalada en el Código Civil, ante la autoridad judicial competente, es decir, el juez de lo familiar.  Es más complejo y largo, y en el mismo las partes (los cónyuges) alegarán las causas que consideran dieron lugar al divorcio. Estas causas están expresamente previstas en la ley.

Es divorcio voluntario Cuando hay mutuo acuerdo entre los cónyuges para romper el vinculo matrimonial.

En el supuesto de divorcio necesario uno de los cónyuges deberá haber realizado una conducta especificada en la ley como causal de divorcio. Los ejemplos mas comunes de conductas señaladas como causantes de divorcio son:
  • EL adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges;
  • El hecho de que durante el matrimonio nazca un hijo concebido, antes de la celebración de éste, con persona distinta a su cónyuge, siempre y cuando no se hubiere tenido conocimiento de esta circunstancia;
  • La propuesta de un cónyuge para prostituir al otro, no sólo cuando él mismo lo haya hecho directamente, sino también cuando se pruebe que ha recibido cualquier remuneración con el objeto expreso de permitir que se tenga relaciones carnales con ella o con él;
  • La incitación o la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer algún delito.
  • La conducta de alguno de los cónyuges con el fin de corromper a los hijos, así como latolerancia en su corrupción etc.
Dentro de este proceso de divorcio existirán medidas que son provisionales y son aquellas que se adoptan con la intención de atender las necesidades que surjan a partir de la situación creada desde que se iniciaron los trámites para deshacer el vinculo conyugal, hasta que se dicte la sentencia definitiva.

Estas medidas provisionales tienen por finalidad regular la situación que se plantea en ese período de tiempo, y asegurar la efectividad de las medidas definitivas que se adopten en su día.

Las medidas provisionales quedarán sin efecto cuando sean sustituidas por las que establezca definitivamente la sentencia o cuando se ponga fin al procedimiento.