Declaración unilateral de voluntad

La declaración unilateral de la voluntad puede describirse como la exteriorización de la voluntad sancionada por las leyes jurídicas: implica la obligación de conservarse en aptitud de cumplir, por voluntad propia, una prestación de carácter patrimonial, pecuario o moral, en favor de una persona que eventualmente puede llegar a existir o si, ya existe, aceptar la prestación ofrecida, o con la cual hace nacer a favor de una persona determinada, un derecho, sin necesidad de que esta acepte, o finalmente, con la cual extingue para si un derecho ya creado a su favor. Es considerada una fuente de derecho, mediante la cual un sujeto genera una obligación para él, sin necesidad de que exista voluntad de un acreedor.
 
La declaración unilateral de la voluntad es una fuente del derecho que se encuentra en la manifestación de una voluntad por parte de un individuo que tiene la intención de crear, modificar o extinguir un derecho o relación jurídica. Esta manifestación de voluntad puede ser realizada por una persona física o jurídica, y puede tener efectos jurídicos independientemente de la aceptación o conocimiento por parte de la otra parte.

La noción de que la voluntad unilateral puede ser una fuente de las obligaciones puede contraponerse con el pensamiento clásico, el cual sugiere que únicamente el acuerdo de voluntades podía generar tales efectos. Sin embargo, la realidad demuestra que hay existen distintas obligaciones que nacen de la expresión de voluntad del obligado.

Los elementos de la declaración unilateral de la voluntad son los siguientes:

  • Voluntad: es el elemento fundamental, ya que la declaración debe surgir de la voluntad del sujeto que la realiza.
  • Manifestación: la voluntad debe ser exteriorizada, es decir, debe ser expresada mediante un acto o conducta que pueda ser percibido por otras personas.
  • Objeto: la declaración debe tener como objeto la creación, modificación o extinción de un derecho o relación jurídica.
  • Unilateralidad: la declaración es realizada por una sola persona, sin necesidad de que otra acepte o conozca su contenido.

Declaraciones unilaterales de la voluntad.

Ofertas al público: Es una declaración unilateral de voluntad, hecha a toda persona que pueda tener conocimiento de ella, con la expresión de los elementos esenciales de una prestación que se ofrezca cumplir, seria y hecha con el ánimo de satisfacer en su oportunidad, si fuere el caso:
  • Oferta de venta
  • Promesa de recompensa
  • Concurso de promesa de compraventa
Estipulación a favor de terceros. Esta es una declaración unilateral de voluntad en virtud de la cual el promitente como parte en un contrato, determina una carga o modo consistente en que otra persona debe prometer que realizara una especifica prestación a favor de tercera persona.
 
Algunos ejemplos de la declaración unilateral de la voluntad como fuente del derecho son:
  • Testamento: el testador expresa su voluntad de cómo deben distribuirse sus bienes después de su muerte, creando así derechos a favor de sus herederos.
  • Oferta: un comerciante realiza una oferta para la venta de un producto a un cliente potencial, creando así una relación jurídica que puede ser aceptada por el comprador.
  • Renuncia: un trabajador renuncia a su puesto de trabajo, extinguiendo así su relación laboral con su empleador.