Tipos de Concesiones.

De acuerdo a lo establecido por nuestra Constitución y en las leyes que de ella se derivan, las concesiones pueden ser de servicios públicos y para el uso y explotación de bienes del dominio de la Federación. La Doctrina señala que también existen las concesiones de Obra publica, que se otorga para construir una obra destinada a un servicio público, y explotarla durante un tiempo determinado para la inversión, la Concesión de empresa pública que se otorga para la dirección y administración de una empresa creada por el Estado para la satisfacción de necesidades colectivas de interés general. Sin embargo, estos dos tipos de concesión están incluidos en los dos que nuestro sistema jurídico establece, puesto que si se trata de otorgar derechos para la prestación de servicios públicos ya, sea que la infraestructura este previamente establecido se tenga que construir, sus características encajan en la concesión de servicios públicos.

La concesión de servicio público.
Es un procedimiento mediante el cual una persona pública, llamada autoridad otorgante, confía a una persona física o moral llamada concesionario, la misión de gestionar un servicio público bajo el control de la autoridad concedente, a cambio de una retribución que consiste, en la mayoría de los casos, en las tarifas que el concesionario percibirá de los usuarios del servicio. La concesión de uso, aprovechamiento y explotación de bienes del dominio del Estado es el acto por el cual el Ejecutivo Federal, con base en la ley, concede a una persona, por un tiempo determinado, los derechos sobre un bien del Estado, sujeto a determinados requisitos que el Concesionario debe satisfacer.

Concesión para la explotación de bienes del Estado.
Es un acto administrativo mediante el cual se otorgan a los particulares determinados derechos para la explotación del subsuelo, o para el establecimiento de los servicios públicos que ellos requieran.