La Conducta Como Elemento del Delito

En el derecho penal, la conducta es un elemento fundamental para la configuración de un delito. Se refiere a la acción u omisión voluntaria realizada por una persona que contraviene una norma penal establecida.

El aspecto positivo o de acción de la conducta consistirá en un movimiento corporal, voluntario, que producirá un resultado, mientras que el aspecto negativo u omisión es la ausencia voluntaria del movimiento corporal, es un no hacer voluntario, teniendo el deber legal y moral de hacerlo y esto también produce un resultado.

Elementos de la Acción.
  • VoluntadLa conducta debe ser realizada de manera voluntaria, lo que implica que el individuo tenga pleno conocimiento de sus acciones y su capacidad de decisión no se encuentre viciada por coacción, amenaza o cualquier otro factor que anule su libertad de elección.
  • Actividad. La conducta puede ser activa, cuando se realiza una acción prohibida, o pasiva, cuando se omite cumplir con un deber impuesto por la ley. La acción debe exteriorizarse, ya sea con actos positivos o negativos, de no ser asi no tiene relevancia para el Derecho Penal.
  • Resultado. La acción debe producir un resultado en el mundo exterior, No obstante, el resultado no tiene por que conducir siempre a una alteración material para que la acción exista.
  • Nexo de Causalidad. Para que la acción trasienda en el derecho penal debe existir una relación de causalidad entre la manifestación de la voluntad y el resultado. La caracterización de este elemento ha dado lugar a diversas concepciones de la acción.

Teorías acerca del nexo de causalidad.  

Existen diferentes teorías en relación al nexo de causalidad:
  • Equivalencia de las condiciones: Esta teoría sostiene que todas las conductas que contribuyen al resultado son equivalentes y, por lo tanto, se consideran causas de dicho resultado.
  • Teoría de la condición más eficaz: Según esta teoría, la conducta que ha tenido una mayor influencia en la producción del resultado debe considerarse como la condición más relevante. En otras palabras, dentro de un conjunto de condiciones que contribuyen a la ocurrencia del evento, solamente aquella que ha tenido el mayor impacto se considera la causa.
  • Teoría de la causalidad más adecuada: También conocida como teoría de la adecuación, esta teoría sostiene que la causa del resultado será aquella que sea más adecuada o idónea para producirlo. Se evalúa la relación entre la conducta y el resultado para determinar cuál de ellas es la más apropiada para considerarse como causa.Estas teorías intentan establecer criterios para determinar el nexo causal entre una

Teorías acerca de la acción.

Existen dos teorías principales en relación al análisis de la acción en el delito:
  • Teoría causalista: Esta teoría, desarrollada principalmente por Franz Von Liszt, considera que la "acción" es el fenómeno causal fundamental en el delito. Se basa en un enfoque naturalista y causalista, donde el acto o acción humana es el elemento central de estudio del derecho penal y el delito. Se centra en analizar las causas y consecuencias de la conducta delictiva, enfatizando en el vínculo causal entre la acción y el resultado.
  • Teoría finalista: Esta teoría propone una sistemática jurídico-penal distinta a la teoría causalista. Reconoce que el delito se origina a partir de la acción, que es una conducta voluntaria. Sin embargo, va más allá y considera que esta acción tiene una "finalidad" o un propósito que persigue. Se enfoca en estudiar tanto la acción en sí misma como los motivos y la intencionalidad que subyacen en ella. La teoría finalista busca comprender el sentido y la intención de la conducta delictiva, así como los fines perseguidos por el autor del delito.
Estas teorías ofrecen enfoques diferentes para comprender y analizar la acción en el delito, ya sea desde una perspectiva causalista que se enfoca en las causas y consecuencias, o desde una perspectiva finalista que considera la finalidad y los propósitos de la conducta delictiva.
 
Tipos de Omisión.
En los delitos de omisión, el elemento central es la falta de realización de algo que la ley ordena. El resultado que se produce como consecuencia de esta omisión se reconoce como una condición determinante, debido a la falta de cumplimiento por parte del sujeto de un precepto legal. Estos delitos de omisión se dividen en dos categorías: simple omisión y comisión por omisión.
  • Delitos de simple omisión: se refieren a la ausencia de una actividad que está legalmente ordenada, sin importar el resultado material que se produzca o no como consecuencia de ello.
  • Delitos de comisión por omisión: ocurren cuando el agente toma la decisión de actuar, pero el resultado material se produce como resultado de su inacción. En este caso, se concreta un cambio en el mundo exterior debido a la omisión de algo que el derecho establecía como obligatorio.
Elemento Negativo de la Conducta.
El componente negativo de la conducta se refiere a la ausencia de acción y abarca tanto la falta de acción como la omisión de la misma en la comisión de un acto ilícito.

La ausencia de conducta puede presentarse en los siguientes casos:
  • Vis absoluta o fuerza física superior irresistible: Se presume que el individuo actuó bajo la influencia de una fuerza física externa que resulta inevitable. La ley establece que cuando una persona es sometida a una fuerza superior que ejerce directamente sobre ella, su acción es considerada involuntaria y, por lo tanto, no se configura la conducta delictiva.
  • Vis mayor o fuerza mayor: Ocurre cuando el individuo realiza una acción u omisión obligado por una fuerza física irresistible proveniente de la naturaleza. En este caso, no existe voluntad por parte del sujeto debido a las circunstancias que lo obligan.
  • Movimientos reflejos: Son actos corporales involuntarios que no se consideran como factores negativos de la conducta, a menos que puedan ser controlados o retrasados, o cuando el sujeto haya previsto el resultado.
  • El sueño: Se refiere al descanso regular y periódico de los órganos sensoriales y del movimiento, acompañado de la relajación muscular y la disminución de varias funciones orgánicas y nerviosas. En este caso, la falta de voluntad del sujeto se debe a estar dormido, ya que no tiene control sobre sí mismo.
  • El hipnotismo: Es un procedimiento para inducir un estado denominado sueño magnético. En este contexto, pueden presentarse situaciones en las cuales el sujeto se encuentra bajo la influencia del hipnotismo, lo cual puede afectar su capacidad de ejercer voluntad y control sobre sus acciones.
  • El sonambulismo: Se refiere a un estado psíquico inconsciente en el cual una persona que sufre de un sueño anormal tiene la capacidad de levantarse, caminar, hablar y realizar otras acciones, sin recordar nada de lo que hizo al despertar.